Respuesta de EUROPA





NOTIFICACIÓN DE LA COMISIÓN EUROPEA SOBRE LA SOLUCIÓN QUE SE ESTÁ DANDO A TODO EL PROBLEMA DE LOS INTERINOS Y LABORALES CONTRATADOS EN FRAUDE EN ESPAÑA. 


“NOTIFICACIÓN SOBRE EL CURSO DADO A LAS DENUNCIAS REGISTRADAS CON LA REFERENCIA CHAP(2013)01917” ver aquí 


Resumen del directo del abogado Manuel Martos.

La COMISIÓN EUROPEA dice que sólo se puede ganar INF (Indefinido No Fijo) por sentencia individual, ya que no se va hacer a nadie INF si no se demanda individualmente y por supuesto FIJO NO SE PUEDE NI POR SENTENCIA porque sería saltarse la Constitución. 

Además se reconoce el que se puedan reclamar la INDEMNIZACIÓN POR CESES (20 días por año trabajado con un máximo de una anualidad. Se calcula de media por este concepto entre 38.000 y 50.000 €). 

También hay que demandar porque, lo que sí reconoce la Comisión, además del INF por sentencia particular de cada uno, es el derecho a exigir RESPONSABILIDADES PERSONALES DE LOS DIRECTIVOS (Ministro Montoro, Ministra Montero, Secretarios Generales de las Organizaciones Sindicales y de las Mesas de Función Pública) es decir a quien permitió que se nos contratara en fraude durante tanto tiempo. O sea que deben responder personalmente por daños y perjuicios. 




Cuantías millonarias si demandamos los 700.000 empleados en fraude. 

Las demandas han de ser individuales.

Hablamos de indemnizaciones que pueden superar los 50.000 € por demandante . ¡ Hagan números !

LA UNIÓN HACE LA FUERZA. 



TENEMOS QUE DEMANDAR de Golpe, con el fin de sacarle los cuartos al Estado. Sólo moverá ficha a nuestro favor por el dinero. 

Si las demandas son escalonadas durante años seguro que son asumibles para el estado. Pero si son de Golpe la BOMBA ESTALLA.

Con este problema económico tendríamos armas para negociar con el Gobierno el que sacase una LEY para que aplicara el famoso artículo 61.6 del TREBEP o, lo que es lo mismo, que nos haga, por el carácter excepcional que somos, ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE UN CONCURSO DE MÉRITOS SIN EXÁMEN DE OPOSICIÓN, cosa que es legal puesto que está en dicho artículo ya dispuesto. 


Sigue la historia de Maria. 20 años no es nada

CARTA DE MARÍA: SIGUE LA HISTORIA DE MARÍA... 20 AÑOS NO ES NADA


AUTORA: Coral Amorrortu de Mesones

Continuación de "Uno de 700.000" que puedes releer aquí


Rebelión de interinos en media España contra los contratos fraudulentos






Los interinos de media España están en rebelión. Las protestas por contratación irregular en ayuntamientos, comunidades autónomas y gobierno central comienza a estallar en media España con concentraciones, amenazas de huelga y denuncias masivas que ya sorprenden hasta en Europa.
Los profesores interinos denunciaron en los tribunales a la Junta de Extremadura por ignorar una sentencia que obliga a la administración a contratar a los interinos antes del 10 de septiembre. La junta ha alargado los plazos –denuncian— para pagar menos a estos trabajadores, que cuentan con contratos temporales encadenados y que reciben un trato muy distinto al de los profesores con plaza fija.

Los profesores interinos denuncian los despidos cada vez que se producen los períodos de vacaciones, una práctica que está siendo investigada por los tribunales.

Los interinos de las Cortes Valencianas acaban de hacerse con una victoria moral. El Síndic (defensor del pueblo) ha instado al parlamento autonómico a regularizar la situación de los interinos que están contratados en fraude de ley. Las cortes mantienen a este tipo de trabajadores desde hace más de 15 años, cuando la ley fija un plazo máximo de tres años de la situación de interinidad.

Noticias Juridicas



EUROPA PRESTA ESCUCHA ACTIVA A LA FRAUDULENTA TEMPORALIDAD DE LOS TRABAJADORES PÚBLICOS   puede ver la información en el siguiente enlace

lhttps://apiscam.blogspot.com/2018/09/importante-la-comision-europea-unifica.html

Guía práctica para el seguimiento de la doctrina del TJUE sobre contratos temporales: de “Diego Porras” a “Montero Mateos” (SEPT’18) puede ver la información en el siguiente enlace

http://ignasibeltran.com/2016/12/19/guia-practica-para-el-seguimiento-de-la-evolucion-judicial-de-la-doctrina-de-diego-porras-dic16/#montero