COMUNICADO PRENSA 10 JUNIO 2018



EN DEFENSA DE NUESTROS DERECHOS.

Según ha sentenciado el Tribunal de Justicia Europeo (TJUE) en septiembre de 2016, la Administración española (Estatal, Autonómica y Local) viene realizando durante décadas contratos/nombramientos en FRAUDE DE LEY. Se ha abusado de la temporalidad, utilizando relaciones laborales de duración determinada para cubrir necesidades estructurales y de carácter permanente, incumpliendo lo establecido en las cláusulas 4 y 5 de la directiva 1999/70/CE sobre el trabajo de duración determinada.
El empleo temporal en las Administraciones Públicas, tal y como figura en el artículo 70 del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), debe tener un límite de 3 años, y la legislación estatal deberá incluir la sanción para el empleador, así como la compensación (indemnización) para el empleado en caso de incumplimiento.
 La importante resolución aprobada por el Parlamento Europeo, dando respuesta a las peticiones sobre la lucha contra la precariedad y el uso abusivo de los contratos de trabajo de duración determinada (contrarios a la directiva 1999/70/CE) parece marcar una clara línea de actuación política contra el abuso cometido por las Administraciones Públicas de los distintos países de la unión.[ver resolución]
En dicha resolución se insta al Estado Español (y como consecuencia, a la Comunidad Autónoma de Asturias), como administración incumplidora a partir de su resolución número 15 y posteriores
  • a convertir en personal fijo al personal temporal abusado
  • a sancionar a sus administraciones incumplidoras
  • y explicita la condena al despido del personal reconocido en "fraude de ley"

Dejando en evidencia el mayor fraude laboral en la historia de este país, cometido por todas las administraciones (central, autonómica y local), donde es habitual la concatenación de contratos para suplir puestos estructurales por más de tres años de duración.
Lejos de estos planteamientos e incumpliendo las directrices que emanan del Parlamento   Europeo y la Directiva 1999/70/CE (de obligado cumplimiento), la Ley de Presupuestos del Gobierno del Estado Español de 2017, en su artículo 19, habilitó a las CCAA y Ayuntamientos a convocar Ofertas Públicas de Empleo convencionales (OPE).  El “Acuerdazo” se hizo conjuntamente con los tres sindicatos nacionales (UGT, CCOO y CSIF) y gracias a ello, miles de puestos de trabajadores temporales de más de 3 años de antigüedad, contratados en fraude de ley, pueden verse comprometidos
Hecho que en la práctica supone la negación de la estabilidad a los más de 700 mil empleados temporales de la administración (más de 15.000 en el Principado de Asturias) violando la legislación superior de la Unión Europea sobre empleo temporal.
LA PLATAFORMA DE INTERINOS LABORALES Y ESTATUTARIOS DE ASTURIAS (PIAS), que ya el día 17 de mayo realizó una concentración ante la Junta General del Principado, denunciando estas prácticas laborales abusivas, sumándose a la convocatoria de la nacional de PI) en la que participaron miles de empleados públicos temporales de todas las administraciones, exige:

·        Al Gobierno Asturiano y a sus ayuntamientos, que no prosigan con las Ofertas Públicas de Empleo (OPE) derivadas del "Acuerdazo", convirtiéndose en cómplices necesarios de la vulneración de toda una directiva comunitaria, y que a la postre, tendrá consecuencias jurídicas para sus gestores.
·   El aplazamiento de las OPEs hasta que no se resuelva la situación laboral y jurídica de los trabajadores temporales afectados. Puesto que no se crean puestos de trabajo y se ofrecen los puestos presupuestados y ocupados actualmente por personal temporal durante más de 3 años a concurso-oposición libre. Esto contraviene la normativa europea sobre contratación temporal. No se puede obligar al mismo personal temporal al que Europa exige que se le convierta en fijo, a que supere una oposición ante miles de aspirantes para poder seguir trabajando. Esto supondrá el despido de miles de estos empleados públicos temporales. Un ERE encubierto que busca la sustitución de trabajadores con derechos laborales adquiridos por otros sin ellos.
·      A la justicia asturiana y española (Audiencia Nacional, Tribunal superior de Justicia de Asturias) que decrete el aplazamiento cautelar de todos las OPEs derivadas de dicho “Acuerdazo”, como solicita la "Asociación Nacional de Interinos y Laborales" (ANIL) en los recursos judiciales presentados.
·        Al nuevo Gobierno del Estado Español y al Gobierno Asturiano, que cumpla las resoluciones de la Comisión y Justicia Europeas. Y que no se convierta en cómplice de un fraude laboral masivo de consecuencias económicas incalculables, anulando para ello la ley que habilita la convocatoria de esas OPEs masivas. Se deberán revisar y publicar nuevas leyes que convoquen procesos justos de consolidación del personal a través del concurso excepcional de méritos, que ya permite la propia ley española en su artículo 61 del Estatuto Básico del Empleado Público.


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