Comunicado PRENSA- Adjudicación Interinos Docentes



ADJUDICACIÓN INTERINOS DOCENTES CURSO 2018-2019






Tras la primera convocatoria y adjudicación de plazas en el colectivo de interinos/as docente del Principado de Asturias para el curso 2018-2019, PIAS - Plataforma de Interinos laborales y estatutarios de Asturias, quiere transmitir que, a pesar de la reciente realización de un proceso selectivo en los cuerpos de Secundaria y Profesores Técnicos, nos encontramos ante la mayor convocatoria de la historia de personal interino educativo que viene a constatar la precarización y la destrucción de empleo estable en la administración educativa.

Curso
Convocada
Adjudicada
15-16
2887
2785
16-17
2621
2567
17-18
2772
2622
18-19
3156
3110

Desde esta asociación venimos exigiendo a través del lema “PRIMERO SOLUCIONES Y LUEGO OPOSICIONES”, una respuesta al fraude de ley en la contratación de personal interino para cubrir necesidades estructurales, fraude creado por la propia administración y sindicatos consentidores y que afecta a cientos de trabajadores con larga experiencia, mantenedores del sistema durante los años más duros de la crisis y que previsiblemente quedarán excluidos de la docencia teniendo que afrontar, en un futuro próximo, una complicada situación personal y laboral, que pasará inevitablemente por la defensa de sus derechos ante los tribunales de justicia.

El proceso selectivo ha sido un rotundo fracaso en la senda de la reducción de la tasa de interinidad al 8% pero un éxito en el rejuvenecimiento de plantillas, un 41% de las 400 plazas ganadas corresponden a personal sin experiencia o experiencia inferior a tres años en centros sostenidos con fondos publicos. De este proceso surge una vez más, una nueva reordenación de listas que será la coartada perfecta para el ERE por sustitución a 5 años proyectado por las administraciones. Este hecho es especialmente visible en el cuerpo de profesores técnicos, donde, en el 85,33% de las plazas ofertadas (64 de 75) no fue necesario el concurso, por superar la fase de oposición menor o igual número de opositores que de plazas, convirtiéndose el concurso (la aportación de méritos y años de experiencia) en un mero proceso de ordenación de las plazas adjudicadas en la fase de oposición. Situación que hace especialmente visible el drama de un grupo de personal interino que con suerte verán precarizada su relación laboral, cuando no finalizada. Ampliar información en https://piasturias.blogspot.com/2018/08/oposiciones-docentes-2018-asturias.html

En estos días asistiremos a la escenificación anual del buenismo, donde la Consejería de Educación y Organizaciones Sindicales afines, con un optimismo ensayado, ensalzarán los resultados de la adjudicación, con críticas menores sobre la elevada tasa de interinidad y la excesiva cantidad de medias jornadas. Declaraciones que se repiten cada año por estas fechas y que se quedan para la hemeroteca sin que haya iniciativas políticas y legislativas para atajar este problema que va incrementándose año tras año. A pesar de que no se convocan oposiciones, ni existen plazas de funcionario de carrera a media jornada, la Consejería, por intereses meramente económicos, ha convertido en norma lo que debería ser una excepción, la reducción de carga horaria en estas plazas vacantes para la convocatoria de interinos/as, en detrimento de la atención educativa, programas de centro y atención a la diversidad.

El colectivo de interinos esperaba un decreto de consejería en cumplimiento de la legislación que recuperara la carga lectiva para el curso académico 2018-2019, que podría servir de aliviadero a la creciente precarización del colectivo y más, una vez que el gobierno del PSOE derogo el decreto ley 14/2012 de medidas urgentes de racionalización del gasto público, tal como ocurrió en su implantación. Pero en Asturias no será este curso académico, con excusas banales y sin presión de las OOSS, parece ser que hay leyes que solo se aplican cuando interesa y permiten profundizar en los recortes.

Como cada año, en un ejemplo de la organización en la Gestión de Personal Docente, muchas plazas convocadas quedan sin adjudicar y como viene siendo habitual, esperamos una segunda convocatoria que incorporara un número elevado de plazas estructurales cuyas necesidades son conocidas desde mayo. Vacantes retraídas de la primera convocatoria, burlando así el derecho de elección que el personal interino se ha ganado en función de los principios de igualdad, mérito y capacidad demostrados en los procesos selectivos y que han propiciado el orden en la listas.

Canción Protesta. TANGUILLO DEL INTERINO



TANGUILLO DEL INTERINO EN FRAUDE DE LEY.VIDEO ASOCIACIÓN DE INTERINOS DEL CUERPO A4





OPOSICIONES DOCENTES 2018 -ASTURIAS-. DESMONTANDO FALACIAS


OPOSICIONES DOCENTES  2018 .ASTURIAS. DESMONTANDO FALACIAS.




PIAS viene denunciando el mayor fraude laboral en la historia de este país; cometido por todas las administraciones, al utilizar relaciones laborales de duración determinada, para cubrir necesidades estructurales y de carácter permanente en la contratación de personal, que incumple de manera sistemática lo establecido en las cláusulas 4 y 5 de la directiva 1999/70/CE sobre el trabajo de duración determinada. En ese sentido también ha denunciado el acuerdo de 29 de marzo de 2017 entre Montoro y las OOSS (CSIF, UGT y CC OO) y no refrendado por las bases, plasmado en el art 19 de la ley de presupuestos del año 2017 del que deriva la MEGA-OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO (OPE).

Los procesos selectivos que surgen de esta OPE se han publicitado ante la opinión pública como una "oferta de creación de empleo”, que ha ido variando de objetivos en virtud de la situación política, en un principio se publicitó como una consolidación de trabajadores, luego se matizó, se pretende una estabilidad de las plazas y, tras ser asumido por el nuevo gobierno del PSOE, su objetivo es el rejuvenecimiento de plantillas. Reiteramos que los puestos ofertados ya existen y hay trabajadores en ellos desde hace 10-20-25... años. Denunciamos la consumación de un ERE encubierto al sustituir al personal temporal que lleva años trabajando para la administración por personal joven, más barato y sin derechos económicos. “NO SE CREA EMPLEO, SE SUSTITUYEN PERSONAS”.

Un claro ejemplo lo tenemos en el desarrollo, en toda España, de los procesos selectivos para acceso a los cuerpos docentes, Estos simulacros de procesos selectivos docentes, evidencian un uso perverso del sistema de oposiciones, con directrices claras por parte de la Administración, con el fin de mantener a perpetuidad la precariedad laboral de su personal temporal. Nos enfrentamos a un problema colectivo de consolidación de empleo, no a enfrentamientos individuales ni meritocráticos (como nos quieren hacer creer). Tampoco es una lucha opositores-tribunales ni opositores nuevos-opositores interinos. 

Desde PIAS creemos que la «escabechina» perpetrada se enmarca en la estrategia de destrucción y desmantelamiento de la educación pública, y cuyo problema no es el sistema de selección, sino cómo la administración lo ha convertido en una tomadura de pelo, así lo demuestran las extrañas coincidencias, denunciadas por miles de opositores de todas las CC. AA. Las altas tasas de opositores que no superan la primera prueba, las bajas notas, las pruebas diseñadas deficientemente para dejar plazas desiertas de forma premeditada, el control férreo por parte de la Administración sobre los tribunales para sabotear todo el proceso, el escaso tiempo de correcciones por parte de los tribunales que vuelven arbitrario el proceso o la opacidad del sistema de reclamaciones.

En los últimos meses nuestros políticos y sindicalistas nos han regalado con el articulo 55.1 R.D Legislativo 5/2015, de 30 de octubre ( TREBEP) , en el que se recoge que todos los ciudadanos tienen derecho al acceso al empleo público de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, pero se han olvidado de que existe un articulo 55.2 , que expresa que las Administraciones Públicas, seleccionarán a su personal funcionario y laboral mediante procedimientos en los que se garanticen los principios constitucionales antes expresados, así como los establecidos a continuación:
 a) Publicidad de las convocatorias y de sus bases.
b) Transparencia.
c) Imparcialidad y profesionalidad de los miembros de los órganos de selección.
d) Independencia y discrecionalidad técnica en la actuación de los órganos de selección.
e) Adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones o tareas a desarrollar.
f) Agilidad, sin perjuicio de la objetividad, en los procesos de selección.
Es evidente la preocupación por la imagen cuando gobiernos autonómicos y OOSS han de publicitar estudios de aprobados para intentar justificarse. ¿De qué estarán preocupados si han hecho bien las cosas? 
Nos preocupa sobremanera el falaz mensaje difundido  por la empresa sindical ANPE-ASTURIAS en la que se afirma que en las oposiciones de Secundaria  <<  nueve de cada diez plazas han sido obtenidas por interinos >> 

Ver noticia  prensa1   prensa2  prensa3  prensa4  y para evitar posibles errores de transcripción de los periodistas os dejamos el enlace del informe original publicado en la web de ANPE.
Mantra reiterado sin rubor en posteriores comunicados Ver noticia Prensa5.
Este estudio, basado en datos oficiales, carece de rigor metodológico y científico; intenta silenciar la falta absoluta de anonimato en la primera fase (Obligado por ley y clave cuando la edad del aspirante, como parece, empieza a ser un factor determinante), El más que discutible reparto de plazas por tribunal. La eliminación de la fase de concurso de facto, convirtiendo el proceso en una oposición pura y dura. Ni entra a valorar los suspensos masivos, ni el número de plazas desiertas, ni tan siquiera el oscurantismo de los criterios de corrección o el defectuoso sistema de reclamaciones, contrario a la ley de procedimiento administrativo, o la negativa a enseñar los exámenes a quien reclama.

Si el objetivo final es desmontar el ERE por sustitución sobre el personal interinos. ANPE parte de un error inicial de diseño, con una mala selección de la población objetivo.  Utilizando un universo en el estudio mucho mayor, el listado de los presentados a las oposiciones, (en lugar de uno más reducido: interinos presentados a las oposiciones).  El segundo gran error es confundir la variable experiencia previa con el hecho de formar o no parte de las actuales listas de interinos del Principado de Asturias, variables relacionadas pero independientes. A nadie se le escapa que hay aspirantes en listas de interinos sin experiencia y aspirantes que no están en listas de interinos de la especialidad que aportan experiencia en el proceso de centros concertados o privados.

El tercer gran error es la segmentación por años de experiencia
, en un intento de invisibilizar lo que ocurre con los aspirantes con menos de tres años de experiencia (la cifra mágica del ERE que venimos denunciando)

<< Si un equipo de investigación quiere estudiar las propiedades de los caramelos de menta, lo que nos dice el método científico es que primero selecciono la población del estudio “caramelos de menta”, se toman
 de diferentes marcas y a partir de ahí se  analizan y extraen conclusiones. Lo que no es serio ni científico, es analizar todos los caramelos del mercado, extraer conclusiones y en un paso final extrapolo al caso de caramelos de menta. Con este procedimiento podemos encontrarnos con conclusiones tan alocadas, como que el sabor del caramelo de menta curiosamente resulta una mezcla de frutas. >>

La única conclusión que se puede extraer de este estudio es que la media de personal presentado que ha ganado plaza y tiene experiencia previa es el 88%, algo que es una obviedad si nos centramos en un
a profesión donde la experiencia es un grado. Pero que esconde una triste realidad, un paulatino ERE por sustitución, donde sustituimos unos trabajadores con 10 ,15 y 20 años de experiencia, por otros con menos de tres años, más baratos y precarizamos las condiciones del resto Así en una especialidad donde hay 30 interinos con más de tres años de experiencia contratados en FRAUDE DE LEY, Se ofertan 10 plazas, ganan plaza 9.,¿Qué ocurre con los 21 interinos restantes? . En el mejor de los casos verán reducidas sus condiciones laborales, cuando no se verán aducidos al paro. 

La viga en el ojo propio

Opinión. 

La Administración que no quiere ver la viga en su propio ojo.



En este mes de Agosto los medios nos han informado 

"La Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha realizado en dos días (13 y 14 de agosto) 22.000 advertencias a empresas tras detectar un presunto incumplimiento en los límites fijados legalmente para los contratos eventuales".

El Consejo de Ministros del pasado 27 de julio aprobó el Plan Director por un Trabajo Digno 2018-2020 para combatir el "abuso" laboral y la vulneración de derechos de los trabajadores.
Se pusieron en marcha dos planes de choque, que durarán hasta diciembre, centrados en la lucha contra la contratación temporal y el trabajo a tiempo parcial fraudulentos, cuya primera fase consiste en la detección de posibles situaciones irregulares a través de la Herramienta de Lucha contra el Fraude. ver enlace
Según la legislación, se pueden realizar contratos temporales eventuales por una duración tope de 12 meses en un periodo de 18 meses, es decir, que en 18 meses un trabajador al que se le efectúe este contrato sólo podrá trabajar un máximo de 12. ver noticia aquí
Hasta aquí parece todo correcto. La acción es la reacción a los abusos de la empresa privada en la aplicación de la directiva CE 70/1999 sobre la contratación de trabajadores de duración determinada y que obliga a los estados firmantes a la adopción de las medidas correctoras y sancionadoras pertinentes.
El problema surge cuando estos mismos principios son trasladados a los trabajadores temporales de la función pública. La administración es la mayor "empresa del estado" y hoy por hoy sigue incumpliendo la normativa europea a pesar de las cada vez más numerosas sentencias europeas que ponen de manifiesto la ilegalidad en la contratación de personal temporal, que concatenan contratos durante 5,10,15 y 20 años. Declarando los altos tribunales de la UE a esta situación como UN FRAUDE DE LEY.
Lo curioso del tema es que mientras la Inspección de Trabajo Española vigila con lupa y diligencia la contratación temporal en la empresa privada, actuando de oficio. Mira hacia otro lado en las denuncias sobre EL FRAUDE cometido en la contratación del personal temporal en las Administraciones Públicas .
La respuesta ante las numerosas denuncias interpuestas de forma individual por los contratados en fraude en la administración pública es lavarse las manos, incumpliendo una de las finalidades que le encomienda Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, y uno de sus principios rectores, como es, la Imparcialidad, objetividad e igualdad de trato y no discriminación en el ejercicio de la función inspectora que recoge el art 2.d

Ante la denuncia para su intervención, (ver archivo adjunto), sin entrar en el fondo del asunto, responde dirigiendo la reclamación rápidamente hacia la figura del indefinido no fijo y en la imposibilidad legal que el gobierno se encargó de establecer en la disposición adicional 34º que emana directamentemente del articulo 19 de la ley 3/2017 de 27 de junio de presupuestos generales del estado del año 2017.  Así establece la imposibilidad de entrar a valorar cualquier reclamación de indefinido no fijo hasta que no haya resolución judicial firme sobre el caso individual.

No entra a investigar de oficio la existencia del fraude en la contratación de la administración pública, como es el proceder habitual en las empresas privadas, para posteriormente en una segunda fase extraer las consecuencias jurídicas y sancionadoras que la constatación de este fraude conlleven. Funciones que delega en este caso en el aparato judicial del estado.




No hay peor ciego que el que no quiere ver y en este caso la administración, como ocurrió con trienios, sexenios carrera profesional, no solo no quiere ver, sino que le interesa no ver todas las sentencias que se van amontonando en los distintos juzgados.

Obliga a una reclamación individual de derechos y una invocación de la directiva 70/1999, por inacción interesada en su transposición y traspasa la carga de la prueba del FRAUDE al trabajador, al contrario, que ocurre en la empresa privada donde es la empresa la que tiene que demostrar que no existe FRAUDE ante la inspección de trabajo.

Un camino diseñado para silenciar el FRAUDE reconocido ya por las instancias europeas y estudiado para contener las posibles denuncias de FRAUDE en la contratación en las administraciones públicas. Un procedimiento discriminatorio que a todas luces parece vulnerar el articulo 14 de la Constitución Española que señala que todos los españoles somos iguales ante la ley

Hay que recordar que a 31 de agosto llegan los ceses en Educación. Además de firmar como NO CONFORME, actualmente no hay otro camino que la denuncia judicial individual y mejor con contrato en activo, como señala la propia Inspección de Trabajo, 

SOLO TU TRABAJADOR/A TEMPORAL ERES RESPONSABLE DE TU FUTURO.


DENUNCIA INDIVIDUALMENTE EL FRAUDE ANTE LA JUSTICIA.


Desde PIas recomendamos la creación de grupos de afectados de un colectivo específico de cara a entablar negociaciones con bufetes de abogados ,(cuanto más numerosos , menor coste), porque aunque no somos juristas si sabemos que cada colectivo tiene particularidades propias. Es más,estamos fomentando la creación de plataformas, asociaciones, colectivos entre los trabajadores y trabajadoras de las distintas administraciones que se unan a PIAS o a PI (nivel nacional) como colectivo en las demandas vía judicial de sus derechos de estabilidad. (Por eso nuestro logo es un montón de peces pequeños que se come al grande.)


En el enlace superior encontraras una campaña de denuncias masivas de personal temporal de las Administraciones Públicas

ANTE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO y SEGURIDAD SOCIAL?
ANTE EL DEFENSOR DEL PUEBLO
ANTE LA COMISIÓN EUROPEA



Noticias juridicas




Hoy nos despertamos con dos noticias en los medios que vienen a consolidar los planteamientos de esta asociación. Ambas ya no discuten el tema del FRAUDE LEY, sino sus consecuencias.

La primera publicada por Cinco Dias, (el PAÍS), es consecuencia directa de una cuestión prejudicial al TJUE .

Los interinos de más de tres años deben ser indemnizados por cese 

Puedes leer la noticia aquí


La segunda proviene del ámbito sanitario de la Comunidad Foral de Navarra

Un juez obliga a la sanidad navarra a readmitir a un despedido tras 15 años de contratos "en fraude de ley"

Puedes leer la noticia  aquí